Patronato deportivo San Martín del Rey Aurelio . smra

Tasas

TASA POR USO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES

Artículo 1.- FUNDAMENTO LEGAL Y OBJETO.
                           Ejercitando las facultades reconocidas en el artículo 58 y en el 20.4.o) de la Ley 39/1988, de 2 de abril, Reguladora de las Haciendas Locales se establece en este término municipal una Tasa por utilización de las instalaciones deportivas municipales.

            Artículo 2.- OBLIGACION DE CONTRIBUIR.
            Están obligados al pago de esta Tasa las personas físicas o jurídicas que se beneficien del uso de las instalaciones deportivas municipales a que se refiere el artículo anterior.

            Artículo 3.- BASES Y TARIFAS.
           Las tarifas fijadas a continuación están basadas en el tipo de instalación utilizada y el tiempo de uso.

POLIDEPORTIVOS MUNICIPALES

2011

Alquiler de Pista Polideportivos Mpal Entrego y Blimea

20,00

Alquiler de Pista para Actividades No Deportivas: 1 hora

92,00

2 a 4 horas

190,00

5 a 6 horas

354,40

más 6 horas

485,50

 Alquiler de Pista actividad Deportiva con carácter Lucrativo

30,00

 Alquiler de Pista de Tenis Hora

1,80

 Alquiler de Pista de Tenis de Hierva Artificial Hora

2,75

 Alquiler de Pista Polideportivos exteriores:  Sin Luz

Gratuita

 Con Luz

7,90

 

 

POLIDEPORTIVOS Y PISCINA MUNICIPAL

 

VESTUARIO:

 

Uso Diario

1,20

Bono Mensual

5,50

Bono Semestral

9,60

 

 

SAUNA:

 

Uso Diario

3,20

Bono 5 Sesiones (validez 1 mes)

13,10

Bono 10 Sesiones (validez 2 meses)

23,85

 

 

 

 

SALA DE MUSCULACION

Uso Mensual

11,90

Bono 3 Meses

26,70

Bono 6 Meses

51,80

 

 

SAUNA-SALA DE MUSCULACIÓN

 

Bono Mensual

18,90

Bono Trimestral

37,00

Bono Semestral

66,00

 

 

 

 

PISCINA MUNICIPAL

 

BAÑO PISCINA:

 

Bono Uso Diario

 

Adulto

3,20

Menor 14 años

1,80

Bono 10 usos:

 

Adulto

24,50

Menor de 14 años

12,20

 

 

ABONADOS:

 

Cuota de Inscripción

29,15

Perdida Carnet

1,30

ABONADOS FAMILIARES SOLO PISCINA

 

Pago Anual

191,10

Pago Mensual (ONCE MENSUALIDADES)

20,00

ABONADOS INDIVIDUALES SOLO PISCINA

 

Pago Anual

105,00

Pago Mensual (ONCE MENSUALIDADES)

12,10

 

 

 

 

CURSILLOS:

 

CURSILLO 10 HORAS

 

Menor de  14 años

20,40

Adultos

25,30

CURSILLO 15 HORAS

 

Menor de 14 años

28,50

Adultos

33,50

 

 

 

 

ESCUELAS DEPORTIVAS MPLES:

 

Menoresde16años

13,50

Mayoresde16años

19,00

Inscripción familiar(3omásmiembrosunidadfamiliar)

20,70

 

 

ACTIVIDADES DE TIEMPO LIBRE

 

CONCEPTO

 

Cuota de inscripción individual

15,10

Inscripción familiar (3 o más miembros unidad familiar)

27,80

 

 

Artículo 4.º GESTIÓN DE ABONADOS

A efectos de costes los posibles usuarios de la piscina se pueden clasificar en
A. Abonados: Servicio Municipal de Abonados,

  • Tipo de abonado:
  • Abonados familiares:

Por medio de una cuota periódica, mensual o anual, tiene acceso a las instalaciones de la piscina la unidad familiar, es decir los de primer grado que vivan con el titular, cónyuge e hijos menores de 18 años, o de 25 años desempleados, que lo acrediten.

  • Abonados individuales:

Por medio de una cuota periódica, mensual o anual, tiene acceso a las instalaciones de la piscina el usuario.

  •   En el caso de que un abonado individual quiera pasar a abonado familiar, deberá satisfacer la diferencia de la cuota, e integrar al resto de los miembros de la familia en dicho abono.
  • Tramitación para adquirir la condición de abonado:

El demandante del servicio de abonado, deberá presentar solicitud de abonado.
Una vez aceptada presentará:

  • Dos fotografías por miembro familiar además de fotocopia de libro de familia.
  • Los hijos y personas que convivan en el domicilio, mayores de 18 años adjuntarán declaración jurada de convivencia.
  • Fotocopia del D.N.I. del primer abonado y del D.N.I. del resto de abonados familiares mayores de 14 años.
  • Efectuar el pago de inscripción y la primera mensualidad en el nº de cuenta que el Ayto. habilitará a este efecto en las entidades bancarias del Concejo, en el momento de realizar este trámite.
  • Autorizar la domiciliación bancaria del resto de las mensualidades
  • Los abonados recibirán:
  • Una credencial, propiedad del Ayto. con su fotografía para que en todo momento pueda acreditar su condición de abonado ante los empleados de la instalación. Las credenciales deberán ser renovadas Este documento será personal e intransferible. En caso de que el titular perdiera la condición de abonado por alguna causa, deberá presentar la credencial en la administración de la piscina municipal, para su anulación.
  • Derechos del abonado.
  • Durante el horario de apertura al público el abonado tendrá acceso gratuito a la piscina, siempre que la capacidad máxima legal de las mismas, o las necesidades de funcionamiento, lo permitan.
  •  
  • Bonificación del precio en un 70% para los abonados de la piscina municipal en los servicios de sauna y salas de musculación del Patronato Deportivo Municipal.
  • Deberes del abonado:
  • El abonado deberá estar al corriente del pago de cuotas.
  • El abonado deberá depositar obligatoriamente cada vez que haga uso de las instalaciones su credencial al personal de la piscina, a su entrada en las instalaciones, siendo recuperada esta al finalizar la utilización de la misma.
  • El abonado deberá acatar el Reglamento de Régimen Interno que contiene las normas de obligado cumplimiento para los usuarios de instalaciones municipales, además del Reglamento Interno específico de la piscina municipal.
  • Pérdida de la condición de abonado:
  • La condición de abonado se perderá :
  • Por voluntad propia.
  • Por impago de un recibo mensual o anual.
  • Por acuerdo de órgano municipal responsable como consecuencia de conductas que supongan incumplimiento del Reglamento interno de la piscina municipal.
  • Por incumplimiento de una sanción que pueda imponer el órgano municipal responsable.
  • Independientemente de las sanciones que pueda imponer el órgano municipal responsable, el abonado infractor será responsable económicamente de los daños y perjuicios que su conducta pudiera ocasionar.
  • Cursillistas:

Los que a través de la programación de cursos en sus diversas modalidades y especialidades, tienen acceso a determinadas calles de la piscina.

  • Usuarios ocasionales o no abonados:

Los que previo pago de una entrada o bonos de entradas acceden a la piscina

  • Grupos

Son aquellos potenciales usuarios que acceden en grupos de más de veinte personas a las instalaciones de la piscina, estando inicialmente relacionados con alguno de los recursos turísticos, culturales, deportivos, etc. del Concejo como por ejemplo el Albergue juvenil.

Articulo . 5 - Obligación de Pago:

     La obligación de pago de la Tasa establecida nace desde el momento en que se solicita el uso de la instalación deportiva especificada en el apartado anterior, o desde el momento en que se acepta la solicitud de inscripción a los servicios afectados.

El Pago se efectuará
*   Por entradas individuales, bonos y/o utilización de instalaciones de forma esporádica en el momento de realizar la solicitud de uso, e inexcusablemente con anterioridad a su aprovechamiento.
*   Por utilización de instalaciones de forma habitual, para este caso se efectuaran liquidaciones periódicas por el uso de las instalaciones deportivas, que deberán abonarse en lugar y fecha que se establezca.
*   Solo se considerará anuladas una reserva de instalación o plaza en un servicio ofertado, y por lo tanto no se facturará, cuando sea notificada por escrito en las oficinas del PDM, con una antelación mínima de una semana a la fecha señalada para su utilización o comienzo.

  • Abonados:

     - Los bonos de Piscina tanto familiares como individuales que opten por el pago mensual se facturarán durante once meses.

          La Junta del Patronato podrá acordar previo informe favorable de los servicios técnicos, la inscripción de “convenios especiales” para la utilización de las instalaciones deportivas del PDM, con otras entidades Publicas o privadas que persigan el fomento del deporte sin ánimo de lucro.

Artículo 6.º NORMAS APLICACIÓN GENERAL PARA USO DE LA PISCINA MUNICIPAL

Para utilizar las instalaciones y servicios será condición indispensable ser abonado, pagar entrada o bono de entradas o participar en alguna de las actividades a desarrollar das en la instalación (no existiendo, según el reglamento regulador de la instalación, ninguna otra forma de acceso) y observar rigurosamente todas las normas de higiene establecidas por las autoridades competentes y el órgano municipal responsable, incluso en el caso de no hallarse éstas recogidas en la normativa vigente.

Sí la afluencia de público a la piscina superase el máximo legal permitido, el tiempo de uso se limitará a una hora pudiendo llegar a ser inferior, según las circunstancia. Durante el tiempo que las instalaciones permanezcan saturadas, no se admitirá la entrada a más usuarios. Esta medida dirigida a la seguridad del usuario y a la racionalización de uso de las instalaciones, no dará lugar a reclamación de los abonados, ni a la del resto de usuario.

Horarios

Lunes a Sábado                                                    10 - 21 horas.

Domingos y Festivos no locales.                                  10 - 15 horas.

25 de Diciembre y 1 de Enero                            Cerrado.

24 y 31 de Diciembre                                    10 – 15 horas

Jueves, Viernes, Sábado y Domingo de semana santa        10 – 15 horas          

Está prohibido la realización de juegos violentos, carreras, gritos, etc., que molesten o incomoden a los usuarios, o alteren su normal uso de las instalaciones.

Entrada de animales en la instalación.

Horarios

Durante el año tendrá lugar un cierre, que corresponde a la obligación normativa de sustituir el agua del vaso, y para realizar aquellos trabajos de mantenimiento necesarios para el correcto funcionamiento de la instalación o su mejora.

NORMAS DE APLICACIÓN PARA EL USO DE LOS VESTUARIOS Y ASEOS

Usar zapatillas de baño en los locales destinados a vestuarios y aseos.

NORMAS DE APLICACIÓN PARA EL USO DE LA VASO

Es obligatorio:

  • La ducha completa y sistemática antes de la inmersión con el fin de eliminar sudores corporales, aceites, cremas, tintes, etc., así como cualquier otro producto químico o natural que pueda ocasionar alteraciones en el agua de la piscina.
  • Entrar a través de los pediluvios.
  • Uso de gorro de baño y zapatillas de baño.

 

Está prohibido:

  • La entrada a menores de edad que no sepan nadar, sino van acompañados de una persona responsable mayor de edad.
  • Entrar con ropa o calzado de calle en la piscina
  •  
  • Entrada de animales en la instalación.
  • Comer, beber, y fumar , excepto en la zona de cafetería.
  • El acceso  a la zona reservada a los bañistas a personas con enfermedades contagiosas.
  • El acceso de acompañantes y/o espectadores, excepto en determinados actos programados.

El uso de accesorios para la natación(tablas, aletas, burbujas, etc.), salvo en caso de menores de edad que no sepan nadar.
Saltar desde los poyetes y bordes de la piscina.
Juegos que molesten o pongan en peligro el normal desarrollo normal de las actividades.
El uso de accesorios para la natación(tablas, aletas, burbujas, etc.), salvo en caso de menores de edad que no sepan nadar, o que lo requieran determinadas actividades programadas o autorizadas por el centro.
El acceso de acompañantes y/o espectadores, excepto en las zonas y espacios específicamente señalados.

La temperatura del agua estará en torno a los 27º.

La temperatura ambiental estará entorno a los 29 y 31º

La humedad relativa entre el 65 y  80%

NORMAS DE APLICACIÓN PARA EL USO DE LA GIMNASIO DE LA INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL PATRONATO

  • La capacidad máxima del gimnasio es de 25 personas
  • El gimnasio solamente podrá ser usado por los usuarios de la instalación mayores de 16 años.
  • Es obligatorio el uso de calzado deportivo específico para tal uso y en todo caso, ha de ser siempre de SUELA LISA.
  • Las personas que pretendan hacer uso del gimnasio después de haber salido a correr, deberán cambiar el calzado, y utilizar el relacionado en el punto anterior .
  • Para el uso de bicicletas es obligatorio disponer de una toalla o prenda similar, que impida la caída del sudor directamente en las mismas y en el suelo.
  • El tiempo máximo de utilización de las bicicletas será de media hora.
  • En caso de afluencia máxima, el tiempo de uso del gimnasio será de una hora.

 

NORMAS DE APLICACIÓN PARA EL USO DE LA SAUNA DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL PATRONATO

  • La capacidad máxima de la sauna es de 6 personas.
  • El tiempo máximo de utilización será de una hora.
  • La sauna solamente podrá ser usada por las personas mayores de 18 años.
  • Será necesario reservar con anterioridad  la hora de uso de la misma.
  • Queda anulada la reserva  en caso de no presentarse  transcurridos los 15 minutos siguientes a la hora reservada.
  • Por razones higiénico sanitarias y de seguridad está terminantemente prohibido:
  • Mantener la puerta de la sauna abierta.
  • Usar, aceites, cremas corporales, tintes, etc., así como cualquier otro producto químico o natural que pueda ocasionar daños, o desperdicios dentro de la misma. O que pongan en peligro la seguridad de los usuarios.
  • Verter agua en los quemadores.
  • Subirse a las gradas de la sauna con las chanclas o zapatillas de agua.
  • Es obligatorio el uso de zapatillas de agua o chanclas en la zona de taquillas, duchas y aseos, así como el uso de toalla para tumbarse o sentarse en las gradas y asientos.

 

  • NOTA:
  • Tanto el Ayuntamiento como la Empresa adjudicataria de los Servicios, no se responsabilizarán de la pérdida, robo o deterioro de la ropa, calzado y objetos de valor que no hayan sido depositados y/o declarados en guardarropía.

VIGENCIA

            La presente Ordenanza entrará en vigor el día de su publicación en el BOPAP y comenzará a aplicarse a partir del 1 de enero de 2011, permaneciendo vigente sin interrupción en tanto no se acuerde su modificación o derogación.

 


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